VOTO DEL PUEBLO A SAN GREGORIO NACIANCENO

Copia del voto que el Clero, Ayuntamiento y vecinos de esta villa hicieron a S. Gregorio Nacianceno, que dice como sigue:

En la villa de Pegalajar en veinte y siete días del mes de Abril de mil seiscientos y setenta años, juntos en la Iglesia Parroquial de la Santa Cruz de ella, al repique de una campana, el Prior, Cura y demás Sacerdotes de dicha Iglesia, el Concejo, Justicia y Regimiento, el Sindico personero y Procurador general de dicha villa, atentos al mayor servicio de Dios Nuestro Señor y de su Santísima Madre la Soberana Reina de los Ángeles Maria Santísima, a su mayor honra, gloria, veneración y divino culto de todos sus santos y en especial a la devoción piadosa que esta villa tiene y ha tenido al glorioso padre y doctor de la Iglesia, San Gregorio Nacianceno por cuya intercesión esta villa y sus vecinos han recibido en diferentes ocasiones de necesidades, el alivio y consuelo en ellas, de la divina y poderosa mano, y de tiempo inmemorial a esta parte se celebra en su santo día a los nueve del mes de Mayo de cada un año (saliendo en procesión de dicha Iglesia así hombres como mujeres, a la ermita del Señor San Marcos volviendo a ella) y misa solemne, habiendo tenido principio esta devoción por haberse hallado en tiempos pasados esta villa y sus vecinos afligidos con la plaga de langosta y haber traído el agua de el glorioso Santo y usado con ella las ceremonias de que se vale nuestra madre la Iglesia en semejantes ocasiones, y en la presente en que todo este Obispado se halla con la misma aflicción y plaga, queriendo proseguir con su devoción, hacen voto a Dios nuestro Señor en honra y gloria suya y de su Santo y glorioso padre y doctor de la Iglesia, San Gregorio Nacianceno de celebrarse dicha fiesta, asistiendo a ella todos los vecinos en dicha Iglesia. Y asimismo, de hacer la procesión que va a dicha ermita del Señor San Marcos, el día nueve de Mayo de cada un año, con la obligación, de los que a dicha procesión asistieren, hayan de ir descalzos a la ida y vuelta. Y asimismo, de no comer carne en dicho día sin obligación de ayunar, que esto se deja y reserve a la devoción y voluntad de cada uno, y en esta forma y con estas circunstancias y calidades, todos unánimes y conformes, hacemos dicho voto y suplicamos al Ilustrísimo y Reverendísimo Señor Doctor, Fray Jerónimo Rodríguez de Valderas, Obispo de Jaén, del Consejo de Su Majestad, se sirva de interponer su autoridad y decreto, pare la obligación, firmeza y permanencia de dicho voto.

Antonio Gómez Lietor

NOTA: Todos los datos antes expuestos, han sido tomados del archivo parroquial.

(Aparecido en el programa de festejos de 1986)